Luego de varias presentaciones y como resultado del diálogo permanente con la Administración Federal de Ingresos Públicos, nuestro Consejo ha logrado un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas anuales correspondientes al período fiscal 2023. Se agradece a las autoridades del Organismo la apertura al diálogo y entendimiento de la problemática de los profesionales.
Se publicará en el Boletín Oficial la Resolución que considera presentadas y pagadas en término, las declaraciones juradas de Ganancias Personas Humanas, Bienes Personales e Impuesto Cedular correspondientes al período fiscal 2023, en las fechas que se indican seguidamente:
Terminación CUIT |
Fecha de Presentación |
Fecha de Pago |
0, 1, 2 y 3 |
18/09/2024, inclusive |
19/09/2024, inclusive |
4, 5 y 6 |
19/09/2024, inclusive |
20/09/2024, inclusive |
7, 8 y 9 |
20/09/2024, inclusive |
23/09/2024, inclusive |
Importe a cuenta
La normativa establecerá el “ingreso especial de un importe a cuenta” de los impuestos a las Ganancias Personas Humanas y sobre los Bienes Personales que se determinará aplicando el 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del periodo 2023. No estarán obligados al ingreso especial de dicho importe, quienes que presenten las declaraciones juradas y realicen el pago hasta las fechas de vencimiento que fueron establecidas oportunamente.
Cuando consideren que la suma a ingresar superará el importe definitivo de la obligación, podrán optar por efectuar el pago a cuenta por un monto equivalente al resultante de la estimación que practiquen.
Las diferencias que surjan entre las sumas ingresadas en uso de la opción y las que resulten de aplicar los correspondientes porcentajes sobre el impuesto real del ejercicio fiscal o el monto que debió anticiparse de no haberse hecho uso de la opción, el que fuera menor, estarán sujetas al pago de los intereses resarcitorios.
Vencimiento del importe a cuenta:
Terminación CUIT |
Fecha de Presentación |
0, 1, 2 y 3 |
26/08/2024 |
4, 5 y 6 |
27/08/2024 |
7, 8 y 9 |
28/08/2024 |
Impuesto |
Concepto |
Subconcepto |
Cuota |
11- Ganancias Personas Humanas |
191 |
191 |
06 |
180- Impuesto sobre los Bienes Personales |
191 |
191 |
06 |