IMPUESTO PAIS SERVICIOS:
Se generaliza el Impuesto País al 25% para todos los servicios excepto:
- Fletes y otros servicios de transporte, que se le aplicara la alícuota del 7,5%;
- Salud y educación virtual, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541
- Recitales y turismo, sin modificaciones.
IMPUESTO PAIS BIENES:
Se generaliza el impuesto País al 7,5% para todos los bienes, excepto:
- Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541.
- Bienes Suntuarios, que ya pagan el 30%.
- Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar el Impuesto País.
- La percepción se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca
- Importaciones Temporales: no afectamos las importaciones que generan exportaciones (Agro Industria y Automotrices).
DÓLAR ECONOMÍA REGIONALES:
Se
amplía el esquema de economías regionales. Las exportaciones que se
liquidan hasta el 31 de agosto de 2023 tendrán un dólar de $ 340.
SIMPLIFICACIÓN CAMBIARIA:
Dólar
Solidario y Dólar Tarjeta (tarjeta hasta USD 300 mensuales): quedaran
unificados al 30% de Impuesto PAIS + 45% de Percepción Ganancias (No se
aplica si se paga con dólares propios)