14/04/2023
La IGJ se expidió sobre la Resolución 13/2022, resolviendo que las
presentaciones efectuadas por colegas matriculados hasta su
vencimiento, cuya fecha es el 25/4, no procederá a reportarlas como
incumplidas ante la AFIP, si al menos uno de los tres requisitos que
establece la normativa fue efectuado.
Asimismo, se dispuso que el
reporte de la infracción ante la Administración será llevado a cabo, si
no se diera cumplimiento del total de los requisitos recién dentro de
los 180 días siguientes.
Las Res. 13/2022 disponía a las
Sociedades de Acciones Simplificadas que cumplan de forma obligatoria
hasta el 25/4/23 con lo siguiente:
- Acreditar la existencia y veracidad del domicilio y sede social, a través de diversos instrumentos.
- Acreditar la solicitud y apertura de todos los libros digitales contables y societarios obligatorios.
- Presentar los Estados Contables de los ejercicios económicos 2020, 2021, y 2022, de corresponder.
Esta acción se da en el marco de la alianza estratégica que mantiene nuestro Consejo con la IGJ, mediante podemos elevar inquietudes y propuestas técnicas de nuestros colegas, y gran parte de ellas recibieron el visto bueno por parte del organismo.