Monotributo.Nuevos valores a partir del 1° de enero de 2019

Desde el 1 de enero de 2019 comenzarán a regir los nuevos valores de las categorías de Monotributo, los cuales deberán tenerse en cuenta al abonar la cuota correspondiente a enero. 
Nuevos valores según los ingresos brutos anuales:
Categoría A:
Ingresos de hasta: $138.127,99
Valor cuota:  $ 1.294.,12
Categoría B:
Ingresos de hasta: $207.191,98
Valor cuota: $1.447,06s
Categoría C:
Ingresos de hasta: $276.255,98
Valor cuota - actividad servicios: $1.654,25
Valor cuota - actividad comercio: $1.626,29
Categoría D:
Ingresos de hasta: $414.383,98
Valor cuota - actividad servicios: $1.950,73
Valor cuota - actividad comercio: $1.904,69
Categoría E:
Ingresos de hasta: $552.511,95
Valor cuota - actividad servicios: $2.562,32
Valor cuota - actividad comercio: $2.304,15
Categoría F:
Ingresos de hasta: $690.639,95
Valor cuota - actividad servicios: $3.067,02
Valor cuota - actividad comercio: $2.649,34
Categoría G:
Ingresos de hasta: $828.767,94
Valor cuota - actividad servicios: $3.577,30
Valor cuota - actividad comercio: $3.016,55
Categoría H:
Ingresos de hasta: $1.151.066,58
Valor cuota - actividad servicios: $6.254,58
Valor cuota - actividad comercio: $5.218,63
Categoría I:
Ingresos de hasta $1.352.503,24 para la actividad comercio
Valor cuota: $7.501,79.
Categoría J:
Ingresos de hasta $1.553.939,89 para la actividad comercio
Valor cuota: $8.615,55.
Categoría K:
Ingresos de hasta $1.726.599,88 para la actividad comercio
Valor cuota: $9.738,22
Recategorización
Si tuviste cambios en alguno de los parámetros, tenés que realizar la recategorización del 1 al 20 de enero de 2019. Si no tuviste modificaciones en el desarrollo de tu actividad, no tenés que ingresar a realizar ningún trámite.
¿Dónde podés pagar tu cuota?
Todas las categorías deben utilizar exclusivamente los medios de pago electrónicos. Sólo podrán utilizar el canal presencial los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, los asociados a cooperativas de trabajo y los adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.