A través de la Resolución General (AFIP) 3806 se establece un amplio régimen de facilidades de pago para regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -inclusive autónomos-, cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 30/9/2015 inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas.
Señalamos que, además de las obligaciones mencionadas precedentemente, pueden reformularse los planes de facilidades de pago vigentes al 6/11/2015.
En todos los casos el monto de las cuotas mensuales debe ser igual o superior a $ 150 y la tasa de interés de financiación se establece en 1,35% mensual
Fuente: Errepar