La AFIP ordena y amplía los sistemas para que los bancos informen sobre sus clientes


La AFIP encaró un reordenamiento de los sistemas por los que bancos, emisoras de tarjetas de crédito y otras empresas del sector financiero tienen que informar sobre los movimientos de sus clientes. Pero, además de ratificar una serie de situaciones en las que las entidades están obligadas a dar distintos datos de sus clientes, agregó nuevos regímenes para situaciones particulares.
La resolución general 3421, publicada hoy en el Boletín Oficial, sustituye una serie de regímenes de información de actividades financieras de la economía con el objetivo declamado de simplificar y sistematizar "las resoluciones generales vigentes (...) en un solo cuerpo normativo".
En la mayoría de los casos, la nueva norma ratifica lo que ya estaba vigente por las resoluciones previas ahora derogadas, como la obligación de los bancos de informar a la AFIP sobre altas y bajas de cuentas corrientes y cajas de ahorro;plazos fijos de 10.000 pesos o más; cuentas que reciben depósitos o a fin de mes tienen saldos por ese mismo valor o datos de quienes realizan compras con tarjeta de débito por más de 3.000 pesos en un mes.
También estaban ya vigentes, entre otras, las obligaciones de los emisores detarjetas de crédito de informar sobre las transacciones con sus plásticos y de lastransportadoras de caudales de revelar a la AFIP quiénes contrataban sus servicios, el monto trasladado, el período de custodia y otros datos. Lo mismo con respecto a los agentes del mercado de divisas, que ya tenían en marcha los controles que fueron profundizándose con el cepo cambiario. Otros sistemas de información que estaban regulados son las "operaciones de compra y descuento mediante endoso o cesión de documentos" y las de "ingresos de fondos radicados en el exterior por personas residentes".
Pero además de ordenar los textos de todos esos regímenes, y por "razones de eficiencia" tributaria, la AFIP incorporó "obligaciones de información y registración de las operaciones con instrumentos y/o contratos derivados" y estableció un nivel mucho más detallado de información para operaciones realizadas por sujetos no residentes en el país. Y sumó a los bancos la obligación de informar detalladamente sobre todos los "consumos con tarjetas de débito" realizados en el exterior.